Tengo un piso como herencia, ¿qué puedo hacer?

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Seguramente has escuchado en alguna ocasión a alguien contando la historia de cómo entre esa persona y sus hermanos se quedan con una vivienda que les ha llegado como herencia. O quizá hasta tú mismo te encuentres en una situación como esa. Puesto que en muchas ocasiones estos casos suponen más un dolor de cabeza que un beneficio, vamos a contarte qué puedes hacer en caso de que uno de los hermanos quiera vender su parte de la vivienda y el resto no.

Qué hacer si yo no quiero vender el piso y mi hermano sí

Normalmente aquel que quiere quedarse con la propiedad es porque tiene un valor afectivo muy alto. Por ello, no está dispuesto a dejarla en manos de un desconocido o de una tercera persona. Sin embargo, quizá podría considerarse que por la misma razón, algunas personas creen que es mejor pasar página y deshacerse de ese vínculo que les sigue uniendo a la persona fallecida. Incluso puede ser que alguna gente tenga necesidad y prefiera venderlo por temas económicos.

Hay que tener en cuenta que legalmente la propiedad pertenece a todos los hermanos por partes iguales. Por tanto, todos ellos tienen la misma voz y voto tanto para quedársela como para venderla.

Evidentemente, en primer lugar, hay que tratar de solventar el posible conflicto que se haya podido crear entre los hermanos para llegar a un acuerdo. Sin embargo, no todo es tan fácil y en la mayoría de las ocasiones cada una de las partes se empeña en su tesitura.

No obstante, hay soluciones para este tipo de conflictos. Lo que debe quedar claro es que al tratarse de una vivienda, esta no puede dividirse de manera física. Es decir, no puedes quedarte con ciertos habitáculos de la misma, separándote del resto y sin afectarles.

En primer lugar, si quieres vender tu parte correspondiente de la herencia, lo primero que debes hacer es aceptarla. Piénsalo, no puedes vender algo que aún no es tuyo. A partir de ahí, la parte te pertenece y puedes hacer con ella lo que quieras.

Qué dice la ley sobre la herencia

Según el título III del Código Civil, los copropietarios no están obligados a permanecer en la vivienda o comunidad y pueden pedir, en cualquier momento, que se divida la misma. En el caso de que se trate de bienes que no puedan ser divididos, se procederá a una división económica. Se realiza el cálculo del porcentaje que haya recaído a esa persona sobre la propiedad.

Por tanto, si una de las partes, o incluso varias de ellas, quieren quedarse con la propiedad, esta será dividida económicamente y los copropietarios pagarán la parte que les corresponda porcentualmente a aquellos que quieren vender el piso. Es decir, unos hermanos le venden su parte a los otros.

En el caso de que todos decidiesen venderla, se realizaría el reparto del importe de la venta de la casa. Para ello, se determinará el valor de la propiedad mediante una tasación según el mercado actual. Este caso se denomina extinción del condominio y consiste en vender la herencia en su totalidad a un tercero y repartir los beneficios entre los herederos.

Otra opción sería que se realizase la extinción del condominio, es decir, que los hermanos cedan sus partes en forma de donación a aquel que quiera quedársela. Aunque esta no es de las opciones preferidas.

Una última opción será recurrir a la vía judicial. Sin embargo, llegar a este extremo para determinar qué pasará con la herencia nunca es recomendable, ya que en este caso podéis perder todos los hermanos.

Sea como sea debes tener claro que la solución más rápida en caso de existir desacuerdos entre herederos es vender la parte de proindiviso correspondientes. Si te encuentras en esa situación puedes contactar con Proindivisos Levante, nos encargaremos de valorar tu propuesta de compra de proindivisos en Costa Blanca, Islas Baleares, Madrid y Barcelona.

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